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INCAP: Desde 1,949 apoyando la nutrición de Centroamérica y República Dominicana.

Desde la evidencia hasta el impacto, así trabajamos:

Nuestro compromiso es transformar la ciencia en bienestar para nuestra gente.

le invitamos a conocer sobre nuestro trabajo explorando áreas clave

como la Investigación, la Asistencia Técnica y la Formación.

Publicaciones y Empleo

  • Publicaciones del INCAP
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  • Conoce las oportunidades profesionales y técnicas que ofrece el Instituto de nutrición de Centro América y Panamá INCAP.

Desde el año 2,007, el Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá -INCAP- formar parte del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), Conoce más sobre el SICA aquí.

Redes Sociales

Marco Juridico

Inicialmente, el 14 de septiembre de 1949 se constituyó el Instituto de Nutrición de Centro América y Panamá (INCAP) con la firma del primer convenio básico, el cual fue actualizado el 27 de agosto de 1998.

Primer convenio básico del INCAP (437 KB)

Convenio básico del INCAP (123 KB)

Cuerpos Directivos

Consejo Directivo

El Consejo Directivo del Instituto de Nutrición de Centro América y Panamá -INCAP-, es el órgano máximo de dirección de la institución integrado por los Ministros de Salud de los ocho Estados Miembros (Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y República Dominicana) y el(la) Director(a) de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS). El Consejo Directivo velará por el funcionamiento del INCAP dentro del Marco Estratégico Institucional y según las disposiciones descritas en el convenio básico.

Las reuniones del Consejo se celebrarán ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando lo soliciten por lo menos dos de sus miembros y serán convocadas por el Director del INCAP.

 Actas y resoluciones

Consejo Consultivo

El Consejo Consultivo del Instituto de Nutrición de Centro América y Panamá -INCAP- tiene como propósito constituir una instancia técnico-asesora al Consejo Directivo del INCAP, que en forma reglamentada apoye la orientación y cumplimiento de las resoluciones tomadas sobre el quehacer del Instituto y que dé seguimiento y evalúe en forma sistemática sus programas de cooperación técnica en cumplimiento a las funciones de formación de recursos humanos, investigación, asistencia técnica y de comunicación e información científico técnica.

El Consejo Consultivo del INCAP está integrado por los Directores Generales de Salud de los ocho Estados Miembros (Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y República Dominicana) el Director del Instituto quien actuará como Secretario Técnico, y un Representante de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), designado por el Director de la Oficina Sanitaria Panamericana.

 Informes, conclusiones y recomendaciones

Dirección y Conducción

Responsabilidades
La Dirección del INCAP está a cargo de un Director nombrado por el Consejo Directivo, elegido de conformidad con los procedimientos aprobados por este Consejo.
 
El Director del INCAP es responsable del desarrollo de las actividades del Instituto, según las normas, reglamentos, orientaciones programáticas y administrativas aprobadas por su Consejo Directivo y según lo establecido por el Convenio Básico.
Funciones

Las funciones del Director del INCAP son:

  1. Administrar el Instituto de acuerdo a su misión, funciones, políticas, planes, programas y proyectos determinados y aprobados por el Consejo Directivo del INCAP.
  2. Nombrar al personal técnico, científico y administrativo, de acuerdo a las disposiciones vigentes y supervisor su óptimo funcionamiento y desarrollo para cumplir con el plan de trabajo del INCAP.
  3. Convocar ]as reuniones del Consejo Directivo y del Consejo Consultivo y actuar como Secretario Ex-Oficio en las mismas.
  4. Preparar la propuesta de programa y presupuesto bianual del INCAP para la consideración y revisión de los Miembros del Consejo Directivo, por lo menos con un mes de anticipación a la reunión ordinaria del Consejo Directivo.
  5. Presentar en la reunión ordinaria del Consejo Directivo el informe anual de actividades y los estados financieros del año anterior y los planes, programas, proyectos y presupuesto de corto, mediano y largo plazo. El Director rendirá informes adicionales siempre que lo solicite alguno de los Miembros en propiedad o cuando lo considere necesario.
  6. Someter a la consideración del Consejo Directivo los estatutos, normas y reglamentos que sean necesarios para la organización y administración del Instituto.
  7. Cumplir y hacer cumplir, dentro del ámbito de su competencia, el presente Convenio Básico y los estatutos, normas y reglamentos.
  8. Cumplir las funciones que le sean delegadas por el Consejo Directivo, y en general, emprender y realizar cuantas acciones considere necesarias, de conformidad con el Convenio Básico.
  9. Abogar ante autoridades nacionales, regionales e internacionales para la búsqueda de soluciones en apoyo al mejoramiento de la seguridad alimentaria y nutricional.
  10.  Establecer, mantener y fortalecer vínculos de cooperación y de entendimiento mutuo con la Institucionalidad centroamericana y los organismos de cooperación internacional.

Políticas de Privacidad

En INCAP, respetamos y protegemos tu privacidad. Los datos recopilados a través de nuestros formularios de anuncios de Facebook (Lead Ads) serán utilizados exclusivamente para contactar a los usuarios interesados en nuestro Laboratorio Microbiológico.

Recopilación de Datos:
Los datos que podemos recopilar incluyen, pero no se limitan a, nombre, correo electrónico, número de teléfono y otros detalles que nos proporciones en el formulario. Estos datos serán utilizados con el único propósito de brindar información sobre  nuestro Laboratorio Microbiológico.

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Cambios a la Política:
Nos reservamos el derecho de modificar esta política en cualquier momento. Te notificaremos sobre cualquier cambio mediante la actualización de esta página.  

 

Directrices para la gestión de conflictos de interés

El INCAP desde su creación en 1949, nace como una iniciativa centrada en apoyar a los países miembros en materias técnicas y científicas sobre alimentación y nutrición humana. La misión y visión del INCAP es respaldada por los Gobiernos de los países centroamericanos a través de los Ministros de Salud, cuyo principal objetivo es contribuir al desarrollo de la ciencia de la nutrición, fomentar su aplicación práctica y fortalecer la capacidad técnica de los Estados centroamericanos para solucionar los problemas de alimentación y nutrición, constituyéndose de esa forma en la institución primogénita de la Integración Centroamericana. Entre sus funciones básicas, el Instituto es encargado de generar propuestas de proyectos, así como la diseminación de evidencia científico técnica en el ámbito nacional, regional e internacional. Su rol colaborativo y multidisciplinario le permite interactuar con otras instituciones. Con el fin que los productos y servicios del Instituto sean gestionados con transparencia, a como se formula en su Convenio Básico para garantizar que todas las acciones sean en beneficio de los pueblos centroamericanos y de República Dominicana, se han establecido las “Directrices para la gestión de conflictos de interés” dirigido el personal que labora o colabora en el INCAP. Los funcionarios de INCAP deberán por tanto prevenir y resolver todo tipo de conflicto de interés siguiendo los criterios técnicos establecidos para tal fin.